Implica la atribución de una competencia a una persona jurídica por vía constitucional. Existen en Costa Rica dos tipos: A- Instituciones Autónomas B- Municipalidades
Por medio de a instituciones autónomas el Poder Ejecutivo distribuye eficientemente las funciones de carácter cultural, social, económico y de desarrollo. Gozan de total independencia administrativa y están sujetas a la Ley en materia de gobierno.
La  Constitución de 1949  otorga una amplia independencia a las instituciones autónomas, lo que ha contribuido a la descoordinación y la ausencia de planificación del sector púbico.
SECTOR INSTITUCIONES  VIVIENDA INVU - BANVHI ENERGÍA Y SERVICIOS ICE – CNFL – RACSA – RECOPE – ARESEP  BIENESTAR SOCIAL IFAM – JAPDEVA – IMAS – CNP – IDA – PANI – JPS  ECONÓMICO BCCR – BNCR – BCR – BCAC – BPDS  EDUCATIVO UTN -UNA – UCR –TEC – UNED – INA – SINART  SEGUROS INS - CCSS
 
 
MUNICIPALIDADES: Desde la colonia existían los cabildos o ayuntamientos, que luego de la independencia se convirtieron en gobiernos municipales. De acuerdo al articulo 169 de la Constitución Política a las municipalidades le corresponde la administración de los intereses y servicios  locales de cada cantón.
 
Son entidades que gozan de autonomía dirigidas por un concejo de elección popular , integrado por regidores que procuran velar por los intereses del municipio.
Dos tipos de municipalidades: De Gobierno:  orientan el desarrollo de cantón, coordinar a acción de entes estatales en la localidad, velar por la conservación, protección y uso racional de los recursos naturales.
De Prestación de Servicios : alumbrado púbico, apertura de caminos de penetración, limpieza de caños y vías, mantenimiento de caminos, organización de eventos cívicos, propiciar la educación y recolección de basura .
Contribuyen a desarrollo de las comunidades y ayudan a la solución de sus principales problemas.  Ayuda a fortalecer el sistema democrático, pues propicia la participación de los vecinos del cantón en la toma de decisiones.
 
NO PUEDE EXISTIR UN CANTÓN SIN MUNICIPALIDAD, NO PUEDE EXISTIR UN CANT ÓN CON VARIAS MUNICIPALIDADES Y NO PUEDE HABER UNA MUNICIPALIDAD CON INJERENCIA EN MÁS DE UN CANTÓN. LAS MUNICIPALIDADES GOZAN DE AUTONOMÍA, PERO NO SON INSTITUCIONES AUTÓNOMAS.
 
La municipalidad cumple: Protege los intereses del cantón. Pone en práctica las obras necesarias para el bien de todos. Controla la higiene y limpieza de a comunidad. Organiza los actos cívicos. Protege los recursos naturales. Impulsa la educación.

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Descentralización de funciones

  • 1.  
  • 2. Implica la atribución de una competencia a una persona jurídica por vía constitucional. Existen en Costa Rica dos tipos: A- Instituciones Autónomas B- Municipalidades
  • 3. Por medio de a instituciones autónomas el Poder Ejecutivo distribuye eficientemente las funciones de carácter cultural, social, económico y de desarrollo. Gozan de total independencia administrativa y están sujetas a la Ley en materia de gobierno.
  • 4. La Constitución de 1949 otorga una amplia independencia a las instituciones autónomas, lo que ha contribuido a la descoordinación y la ausencia de planificación del sector púbico.
  • 5. SECTOR INSTITUCIONES VIVIENDA INVU - BANVHI ENERGÍA Y SERVICIOS ICE – CNFL – RACSA – RECOPE – ARESEP BIENESTAR SOCIAL IFAM – JAPDEVA – IMAS – CNP – IDA – PANI – JPS ECONÓMICO BCCR – BNCR – BCR – BCAC – BPDS EDUCATIVO UTN -UNA – UCR –TEC – UNED – INA – SINART SEGUROS INS - CCSS
  • 6.  
  • 7.  
  • 8. MUNICIPALIDADES: Desde la colonia existían los cabildos o ayuntamientos, que luego de la independencia se convirtieron en gobiernos municipales. De acuerdo al articulo 169 de la Constitución Política a las municipalidades le corresponde la administración de los intereses y servicios locales de cada cantón.
  • 9.  
  • 10. Son entidades que gozan de autonomía dirigidas por un concejo de elección popular , integrado por regidores que procuran velar por los intereses del municipio.
  • 11. Dos tipos de municipalidades: De Gobierno: orientan el desarrollo de cantón, coordinar a acción de entes estatales en la localidad, velar por la conservación, protección y uso racional de los recursos naturales.
  • 12. De Prestación de Servicios : alumbrado púbico, apertura de caminos de penetración, limpieza de caños y vías, mantenimiento de caminos, organización de eventos cívicos, propiciar la educación y recolección de basura .
  • 13. Contribuyen a desarrollo de las comunidades y ayudan a la solución de sus principales problemas. Ayuda a fortalecer el sistema democrático, pues propicia la participación de los vecinos del cantón en la toma de decisiones.
  • 14.  
  • 15. NO PUEDE EXISTIR UN CANTÓN SIN MUNICIPALIDAD, NO PUEDE EXISTIR UN CANT ÓN CON VARIAS MUNICIPALIDADES Y NO PUEDE HABER UNA MUNICIPALIDAD CON INJERENCIA EN MÁS DE UN CANTÓN. LAS MUNICIPALIDADES GOZAN DE AUTONOMÍA, PERO NO SON INSTITUCIONES AUTÓNOMAS.
  • 16.  
  • 17. La municipalidad cumple: Protege los intereses del cantón. Pone en práctica las obras necesarias para el bien de todos. Controla la higiene y limpieza de a comunidad. Organiza los actos cívicos. Protege los recursos naturales. Impulsa la educación.